Desde el 5 de abril se inició el plazo para solicitar, modificar y confirmar el borrador de la renta 2016, que este año solo se puede realizar a través de internet (Rentaweb) (ver calendario).
Muchas familias confirman el borrador pensando que Hacienda no se equivoca pero el borrador puede tener errores, omitir ingresos contributivos o reflejar ingresos no contributivos, y conviene revisar todo bien antes de aceptarlo. Este artículo lo iremos actualizando con las dudas y los gazapos que nos vayáis mandando…
1. Si en los borradores aparecer la ayuda para familias numerosas de Castilla-Mancha, ésta NO TRIBUTA por ser una prestación pública familiar y porque lo confirmó la resolución 00/1480/2007 del Tribunal Económico-Administrativo Central. Si aparece reflejada, conviene asegurarse que es sólo a título informativo y que está en una casilla donde no tributa.
2. Si en el borrador aparecen extraños ingresos que desconoce en la casilla 269 de ingresos y pérddas patrimoniales, normalmente son ayudas o subvenciones recibidas en 2016 y que los contribuyentes solemos olvidar: ayudas para comprar vehículo (se declara la parte del PIVE que pagó el Estado, no la marca), para renovar la caldera, e incluso también puede aparecer nuestra parte en una ayuda recibida por la comunidad de propietarios del edificio. Todas estas ayudas TRIBUTAN y hay que declararlas.
3. En Castilla-La Mancha tenemos deducciones específicas que pueden venir sin rellenar y hay que repasar, os lo ordenamos por casillas..
825 >>> 100 € por nacimiento o adopción de un hijo, 500 € por dos y 900 € por tres, si la suma de base general y del ahorro no supera 27.000 € en tributación individual o 36.000 € en conjunta
826 >>> 300 € por discapacidad de contribuyente, si la suma de base general y del ahorro no supera 27.000 € en tributación individual o 36.000 € en conjunta; incompatible con la deducción por discapacidad de ascendientes y descendientes.
827 >>> 300 € por discapacidad de ascendientes o descendientes si la suma de base general y del ahorro no supera 27.000 € en tributación individual o 36.000 € en conjunta
828 >>> Contribuyentes mayores de 75 años
829 >>> 150 € por cuidado de ascendientes mayores de 75 años que no hayan residido más de 30 días en una residencia de la JCCM pública o concertada
830 >>> 15% de donativos a cooperación internacional, contra la pobreza
831 >>> 200 € por ser familia numerosa de categoría general y 400 € por ser de categoría especial, si la suma de base general y del ahorro no supera 27.000 € en tributación individual o 36.000 € en conjunta; sube a 300 € y 900 € respectivamente cuando hay un discapacitado en la familia > 65%
832 >>> Donativos
833 >>> 150 € por hijo en deducción por libros de texto de primaria o secundaria y un 15% para los de idiomas (imprescindible haber guardado factura) pero recomendamos leer los requisitos del artículo 3 de la ley que creó esta deducción
834 >>> 500 € por acogimiento familiar de menores si se cumplen unos requisitos
835 >>> 600 € por acogimiento de mayores de 65 años o discapacitados con un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 33%, que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación
836 >>> por alquiler de vivienda habitual para menores de 36 años con residencia en municipios de hasta 10.000 habitantes (consultar requisitos)
Enlaces de interés
Novedades en la Declaración de la Renta
Otras casillas a revisar en la renta
Más informacion sobre las deducciones específicas de Castilla-La Mancha y sus requisitos.
Teléfono para consultas a la AEAT: 901 33 55 33