¿Pueden cobrar a una familia numerosa la tasa por perder el DNI o el pasaporte?
El art. 74 de la Ley 48/2015 (de Presupuestos Generales para 2016) que dejó exentas a las familias numerosas del pago de la tasa por expedición de DNI o pasaporte dice:
Cuatro. Con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, cuando el sujeto pasivo tenga la condición de miembro de familia numerosa, de conformidad con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, la cuantía de las siguientes tasas será de 0 euros: